TEMA
N° 2
EL
DERECHO COMO CIENCIA Y SU RELACION CON OTRAS CIENCIAS
*
7.-) PREAMBULO.
*
8.-) DERECHO Y SOCIOLOGÍA.
*
9.-) DERECHO Y ECONOMÍA.
*
1o.-) DERECHO E HISTORIA.
*
11.-) DERECHO Y OTRAS CIENCIAS.
*
12.-) ANEXOS.
*
7.-) PREÁMBULO.
El Derecho es una ciencia porque es un “conocimiento cierto" de sus normas
“por sus principios y causas", por su “doctrine metódicamente formada y
ordenada, que constituye una rama particular del saber humano" llamado
también cultura (1).
Si la cultura es el
conjunto de conocimientos científicos, literarios y artísticos adquiridos por
el ser humano (2), 'y el Derecho es parte de la cultura, que-tiene “su objeto
propio cual es la regulación de las relaciones sociales mediante las normas
obligatorias vigentes” (3) con metodología propia y ordenada, basada en la
experimentación, la verificación y la deducción; entonces el Derecho es una
ciencia sin lugar a duda alguna.
Finalmente, “la cultura es
un producto social que se integra por los conocimientos que se transmiten de
generación en generación, en un proceso de aprendizaje continuo que se da en el
interior de cada grupo social (4) y si el Derecho se enmarca en esa definición
que también cubre a otras ciencias, se deduce que la culture jurídica es
igualmente una ciencia y que por lo tanto tiene relación con las demás
disciplines del saber humano”.
*
8.-) DERECHO Y SOCIOLOGÍA. El
diccionario de la lengua española dice que la Sociología “Es el estudio de los
fenómenos socioculturales que surgen de
la interacción entre los individuos y entre los individuos y el medio”
Se puede decir que la
Socióloga es la ciencia de la conducta humana en su convivencia social en el
medio en que se encuentre su grupo; ciencia que trata los hechos sociales para
descubrir sus leyes fundamentales y para llegar a conocer las condiciones de
Vida y desarrollo de toda sociedad humana.
La Sociología, es como dijo
Augusto Comte, fundador de esta ciencia “Ciencia positiva de la leyes
fundamentales de los fenómenos sociales”.
Estas dos ciencias:
Sociología que es más amplia y Derecho que es más específica, se relacionan
porque ambas se aplican a todo grupo social; la Sociología estudia y analiza
científica y metódicamente los distintos hechos sociales como ser los hábitos,
los usos, las modas, la religión, el lenguaje y los mitos de las personas y el
Derecho estudia y elabora las teorías y normas o leyes que mejor conduzcan a la
paz social a los diferentes grupos sociales o pueblos que conforman la
humanidad. De esta relación nace la sociología del Derecho o Sociología
Jurídica que analiza las normas o reglas que una sociedad cumple diariamente a
través de los operadores del Derecho como ser jueces y autoridades de un
estado, del cual emana su poder de decisión y mando, que impacta de distintas
formas en la convivencia y existencia del grupo social.
*
9.-) DERECHO Y ECONOMIA. La Economía
es la ciencia “Que estudia el esfuerzo del hombre para la mejor satisfacción de
sus necesidades" estudiando y aplicando las leyes de la producción, circulación,
distribución y consumo de la riqueza (5).Como la producción. Circulación,
distribución y consumo de riqueza es un permanente y complejo ejercicio social
de todo grupo humano, se hace necesario para mantener la armónica convivencia,
una reglamentación que solo la puede dar la normativa jurídica o ley;
aplicándolas, para seguridad de las personas, a los contratos, alas sucesiones,
a los muebles e inmuebles, al control de los precios, a los arrendamientos. A
las hipotecas, a los intereses de los préstamos, a la compra y venta y en
general a toda relación económica entre
las personas. (6)
"
10.-) DERECHO E HISTORIA. La Historia
es la búsqueda y averiguación de Ios acontecimientos del pasado relativos a la
persona y a las sociedades humanas.
Es el desarrollo o sucesión
e esos acontecimientos. Es el relato de sucesos del pasado especialmente cuando
se trata de una narración ordenada cronológicamente y verificada con los
métodos de la crítica histérica. (7)
Su relación con el Derecho
que se da con el nombre de Historia del Derecho, “estudia las orígenes,
desarrollo y transformación de las concepciones y las instituciones jurídicas,
lo que facilita la comprensión de la realidad jurídica presente en función del
pasado” (8)
Es menester indicar que el
"Derecho Comparado que coteja Ios distintos derechos positivos nacionales
y extranjeros, vigentes o abrogados, modernos o antiguos, es una institución
importante en la Historia del Derecho”, porque se produce en el marco de los
tiempos, edades o eras de la humanidad. (9)
"
11.-) DERECHO Y OTRAS CIENCIAS. También
el Derecho se relaciona con otras ciencias que no son sociales como ser las
ciencias naturales como la Biología, I
a Fisióloga, Ia Química, la
Toxicología y Ia Balística que son ciencias que auxilian al Derecho en su parte
penal o criminal. Otras ciencias que se relacionan con la Jurídica son las
abstractas como la Lógica y las Matemáticas. (10)
*
12.-) ANEXOS. * 7. (1) Diccionarios Jurídico
de Manuel Ossorio, edición 35", año 2007, Pág. 261.*
7. (2) Diccionario Larousse,
ano 2013, Pág. 310.
* 7. (3) introducción al
Derecho de Augusto Gonzales Ramírez, edición 9ª año 2007, Pág. 10.
“7. (4) Introducción al
estudio del Derecho de Leonel Pereznieto Castro edición 7ª año 2012, Pág. 22.
“9. (5) Introducción al
Derecho de Augusto Gonzales Ramírez, edición 9ª año 2007, Pág. 19.
9. (6) Un ejemplo de la relación
Derecho Economía en Bolivia es la regulación del interés convencional que
genera un préstamo, el mismo que no puede exceder del 3% mensual, conforme lo
ordena el Art. 409 del C. Civil vigente . Nota del Autor.
* 10. (7) Diccionario
Larousse año 2013, pág. 527.* 10. (8) Diccionario Jurídico de Manuel Osorio,
edición 35°, año 2007. Pag.479.
* 10. (9) El matrimonio
monogamico occidental y actual, ofrece mayor seguridad a la pareja y a los
hijos, si lo comparamos con Ios matrimonios poligamicos actuales (mundo Árabe)
y de la antigüedad en los cuales las esposas y los hijos, no tenían el
beneficio de la igualdad. Nota del Autor.
* 11. (10) En la Lógica Jurídica
se da el Silogismo Jurídico, que es una forma de razonamiento deductivo
que debe usar el juez para dictar sus resoluciones en base al estudio de los
juicios iniciales llamados premisas, la primera premisa la forma la ley, la segunda
la produce la acción o conducta humana y la conclusión o resolución es la
sentencia judicial, como por ejemplo:
1ª Premisa. La Ley.-
Sera sancionada con la pena de presidio de treinta años sin derecho a
indulto al que matare a otro con premeditación y alevosía y ensañamiento:
2ª Premisa.- La acción
conducta humana.
Juan maté a Pedro con premeditación, alevosía y ensañamiento.
Conclusión. Juan es
condenado por el juez a sufrir la pena de presidio por treinta años sin derecho
a indulto. Nota del Autor.
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